Como sabemos la vivienda digna es un derecho esencial en la vida de cualquier persona. Por lo tanto, viene consolidado con otros derechos también fundamentales. La falta o carencia de uno, puede desembocar en otro/s y con ello, un proceso de exclusión.
Así pues, da lugar a una desigualdad social que en palabras de Baumen (2011) tiene “la posibilidad de convertirse en ‘víctima colateral’ de cualquier emprendimiento humano, por noble que se declare su propósito, y de cualquier catástrofe ‘natural’, por muy ciega que sea a la división en clases” (Bauman 2011, 17).
El/la trabajador/a social en el ámbito de la vivienda viene determinado por el incremento de calidad de vida, condiciones sociales de habitabilidad y promoción de la igualdad de oportunidades.
Desde el enfoque de la Administración Pública y las políticas sociales se entiende instrumentalista y con enfoques funcionalistas en cuanto estas políticas pueden considerarse por parte de la ciudadanía como incapaz de reprimir la brecha provocada por la pobreza y falta de oportunidades
Las pioneras en este ámbito son Octavia Hill y Jane Addams cuyo programa de rehabilitación de viviendas en alquiler estaba destinado a la clase trabajadora y barrios urbanos con una perspectiva educativa y de ayuda.
Referencias:
Bauman, Z. (2011). Daños colaterales. Desigualdades sociales en la era global. Madrid: Fondo de Cultura Económica.
Moix, M. (1991). Introducción al Trabajo Social. Madrid: Trivium.
Hernández, G. (1995). Octavia Hill. Cuadernos de Trabajo Social, 8; 273-285.
Vázquez, O. (2003). Teorías de las principales figuras del Trabajo Social. En T. Fernández y C. Alemán (Coords.). Introducción al Trabajo Social, (pp.110-130). Madrid: Alianza